En esta página puede encontrar información sobre cómo evitar la sustracción de menores. Uno de los aspectos más difíciles al prevenir estas situaciones es aclarar si el miedo a esta sustracción es real y justificado. Este sentimiento de miedo o temor ha de tomarse en serio y establecer sus causas. A veces no hay razones para temer la sustracción de menores y otras veces sí hay indicios que nos alertan de una sustracción inminente (por ejemplo la compra de billetes de avión) y entonces es cuando hay que actuar rápido. La información que presentamos a continuación es un resumen de las publicaciones de la fundación británica Reunite y de la organización belga Child Focus.
Cuando ya se ha producido la sustracción del menor...
Además, estos procedimientos en Alemania pueden llevarse a cabo sin la presencia de un abogado, por lo que cualquiera de los afectados puede ponerse en contacto directamente con los juzgados, mediante un escrito. Además se puede ir personalmente al juzgado a entregar una solicitud los días de diario por la mañana, normalmente hasta las 16:00. Sin embargo, debido a las largas colas de espera de los juzgados, recomendamos que se haga un escrito con las razones exactas y que se adjunte también los medios y acreditaciones o pruebas. Esta solicitud escrita ha de tener indicios claros que justifiquen la urgencia del proceso. Los juzgados tienen otros servicios de urgencia a parte de los aquí citados, dependiendo de la región. La policía local puede informarle más sobre estos servicios y también ponerse en contacto con los jueces de guardia.
Si ya existe una sentencia de custodia o de derecho de visitas, la parte afectada puede solicitar un reconocimiento de esta sentencia. En procedimientos de reconocimiento o de ejecución, es competente el tribunal de familia del lugar en el que se encuentra la persona contra la que se hace la solicitud o el lugar en el que se encuentra el menor normalmente. Si no se dan estos requisitos, es competente el tribunal que cumpla con los intereses para la declaración o necesidad de asistencia (véase §10 IntFamRVG).
Para solicitar el regreso del menor, es competente el Tribunal local del lugar en el que el niño se encuentra en el momento en el que se recibe la solicitud o donde se necesite esta asistencia, (véase §10 IntFamRVG). Desde el extranjero se puede hacer una solicitud en el tribunal en el que tenga su sede el Oberlandesgericht (Tribunal Superior del Land) en el caso de que el menor tenga su residencia habitual en dicha jurisdicción. De los más de 600 juzgados de familia en Alemania, solo estos 22 son competentes para procedimientos de retorno, derecho de visitas, reconocimiento y ejecución en el caso de conflictos internacionales de menores. Puede encontrar una lista de estos juzgados aquí.
Para hacer una solicitud hay que mostrar todos los documentos pertinentes. De otra manera puede retrasarse el procedimiento. Es aconsejable presentar los documentos en original o llevar una copia. Los documentos más importantes son:
- Certificado de nacimiento del menor
- Certificado de matrimonio, certificado de reconocimiento de la paternidad u otras sentencias judiciales
- Otras sentencias judiciales del juzgado de familia relacionados con la patria potestad o el derecho de visitas
- Documentos que indiquen la sustracción del menor: cartas, emails, billetes de trasporte, etc.
- Datos exactos sobre la residencia actual del menor
Si ya se ha producido la sustracción del menor, puede dirigirse entonces a las autoridades centrales del país de origen o del país al que se han llevado al menor o de cualquiera de los países del Convenio. Estas autoridades le ayudarán a hacer una denuncia en los juzgados. Todos los países del Convenio de la Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores (enlace a los países del Convenio) dispone de una “Autoridad Central” que se encarga de la sustracción internacional de menores. En Alemania es, por ejemplo, la Oficina Federal de Justicia. Las direcciones de estas autoridades centrales en todo el mundo pueden consultarse aquí. El procedimiento de restitución del menor se lleva a cabo por los juzgados y autoridades de la jurisdicción en la que el menor se encuentra actualmente, es decir, la Autoridad Central del país al que se ha llevado al menor se encarga de estos procedimientos. También puede dirigirse a la Autoridad Central del país de procedencia del menor, que se pondrá en contacto con el extranjero o con otras Autoridades Centrales.
Dependiendo de la normativa de cada país en el que el menor se encuentra actualmente, se puede solicitar el retorno del menor en el juzgado sin necesidad de pasar por la Autoridad Central, con representación jurídica pero sin la necesidad de contratar un abogado. Sin embargo, recomendamos que se dirija a la Autoridad Central. Intente también establecer contacto con un abogado que tenga experiencia en el marco de la sustracción internacional de menores con el fin de informarse sobre los marcos jurídicos y las diferentes posibilidades. Para otras recomendaciones, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
La comunicación es importante para establecer el diálogo (de nuevo)
Si teme que pueda haber una sustracción de menores, le recomendamos que se informe sobre la posibilidad de realizar una mediación, es decir, un diálogo con uno o dos terceros, con el fin de calmar estos miedos o de externalizarlos delante de su pareja. La mediación puede ser una buena medida de prevención: en ella se puede hablar de los temores, se puede llegar a acuerdos vinculantes y se puede ganar de nuevo la confianza gracias a una ayuda profesional y las medidas de seguridad necesarias.
¿Qué hacer para evitar la sustracción de un menor?
Para prevenir la sustracción de un menor, es posible que los padres lleguen a acuerdos voluntarios en el momento de la separación sobre asuntos como la custodia o el derecho de visitas. Estos acuerdos pueden cerrarse por medio de una mediación. Aquí entra el juego el tiempo, ya que cuanto antes se empiece la negociación, antes se llegará a un acuerdo.
Si ya se ha llegado a la sustracción del menor, no hay que precipitarse con procedimientos jurídicos, ya que los procesos, sobre todo procesos legales, suelen agravar la situación. Sería recomendable buscar asesoramiento. En Alemania puede encontrar información en las Oficinas de Protección del Menor o en otras sedes o asociaciones como por ejemplo:
MiKK e.V.: www.mikk-ev.de
Verband binationaler Familien und Partnerschaften: www.verband-binationaler.de/
Servicios sociales internacionales: www.issger.de/
La implicación rápida de el sistema judicial como reacción al miedo a una sustracción puede tener un efecto desestabilizador. Si a uno de los padres se le restringe el derecho de visitas solo por los temores de la otra parte, será más difícil llegar a otros acuerdos sobre el derecho de visitas en el futuro. La parte perjudicada, por tanto, puede reaccionar no aceptando la sentencia jurídica, e intentando agotar la tramitación de instancias jurídicas por todos los medios. En el peor de los casos puede que la sentencia despierte las primeras ideas de sustracción de menores.
Si de verdad existe un peligro de sustracción de menores, una de las partes puede solicitar al juzgado que se tomen medidas, como por ejemplo entrega del pasaporte, prohibición de salir del país o una orden judicial que impida que una de las partes salga del país acompañada del menor sin un permiso explícito. Se aconseja también que, en el caso que el juzgado no haya dictado una sentencia, se comunique a las autoridades que se encargan de controlar la documentación para viajar o, en los casos en los que hay una doble nacionalidad, contactar también con las embajadas para que redirijan la información a los representantes consulares de estos estados: Aquí cabe decir que los juzgados alemanes no tienen poder sobre las embajadas, en especial en lo relativo al poder de los pasaportes. También es importante informar a otras personas cercanas al menor: el colegio, la guardería, la familia, los vecinos, etc. y enviar a los centros una copia de la sentencia de los juzgados, aunque estas acciones no garantizan nada. También recomendamos que las partes tomen decisiones o tengan un plan de futuro para estas situaciones.
Los padres pueden por ejemplo utilizar esta regla: cuando el menor está con el padre, la madre tiene los documentos y viceversa o también se pueden dejar los documentos con una persona neutra. Esto puede decidirse de mutuo acuerdo o también puede decidirlo el juzgado. Estas decisiones tienen gran importancia, sobre todo si se prevé una salida de la Zona Schengen de una persona sin nacionalidad europea . Dentro de la zona Schengen no se controla la documentación por regla general.
En el caso de que el menor no tenga pasaporte, la parte que teme la sustracción del menor puede solicitar a los juzgados que tomen medidas provisionales. Tras esta solicitud se le deniega a la otra parte la expedición de un pasaporte (en caso de mayores de 12 años) o un pasaporte de menores (en caso de menores de 12 años) mediante un aviso a las autoridades expedidora. En casos de urgencia, recomendamos acudir a los abogados y juzgados.
Si el menor si tiene pasaporte, guárdelo en un lugar seguro, ya que es indispensable para salir de la zona Schengen. Aquí es importante también saber que un menor con más de una o doble nacionalidad puede tener más de un pasaporte o puede constar en el pasaporte de la otra parte. En general es recomendable tener fotos actuales del menor para enviarlas a las autoridades si es necesario.
Una resolución judicial puede dictar también que una de las partes entregue el pasaporte del menor, en casos de emergencia mediante un agente judicial.
Si se realiza una visita familiar o unas vacaciones y por la otra parte existe un miedo a la sustracción, hay diferentes formas de garantizar el regreso del menor:
- Congelar una suma de dinero en la cuenta o dejar algún objeto a modo de fianza.
- Establecer por escrito que se trata de unas vacaciones o una visita dando a conocer los datos de regreso.
- También existen otros procedimientos, como las mirror orders (orden de espejo), que consisten en asegurar que los tribunales de otro país acepten los requisitos de los juzgados del país de origen del menor.
Razones por las que se producen una sustracción de menores
Es muy importante definir si el miedo a una sustracción es fundamentado o no, puede ser que se origine por razones objetivas, pero puede ser también por otras razones: por medio de amigos, familiares, medios de comunicación o similar. Unas veces el miedo es fundamentado y otras no.
Un riesgo muy grande aparece, por ejemplo, cuando una de las partes expresa su deseo de volver a su país de origen. Si además de este deseo de regresar hay en ese momento una crisis en la relación, una separación un divorcio, el peligro es aún mayor. También otras causas como la integración o el aislamiento social pueden alimentar esta nostalgia.
Si una de las partes comienza una relación, en especial con alguien de otro país, puede que esto lleve a una sustracción, sobre todo si el menor vive con esta parte. Los estudios han demostrado que cuando los padres han tenido malas experiencias en los tribunales es más probable que se produzca una sustracción, ya que las partes intentan a veces acelerar el proceso de custodia o régimen de visitas. También están entre las razones la frustración de las partes o el descontento con el régimen de visitas impuesto.
La ruptura de una relación puede significar también la retirada del permiso de residencia. Los problemas en la relación pueden tener causas culturales, por ejemplo, que una de las partes no esté de acuerdo en darle al menor una educación bicultural o que haya discordancia en estos aspectos.
Otras razones pueden ser: el desempleo, desconocimiento del idioma del país de residencia, el aislamiento social, prejuicios sociales, la venganza, violencia, que una de las partes se marche con el menor para evitar que la otra parte lo haga o también una segunda sustracción del menor para demostrar el control de la situación.
Cuando los menores se marchan a otro país, hay otros afectados, como los abuelos u otras personas cercanas, que también tienen miedo de perder el contacto con el menor e intentan influir en las decisiones de las partes, lo que puede agravar la situación.
El riesgo es incluso mayor si la familia nunca ha aceptado la relación y no hay mucho contacto. Esto puede llevar a que, cuando haya un conflicto en la relación, se saquen a la luz las viejas advertencias y se intensifique el conflicto.
Si uno de los abuelos muere de manera repentina o enferma gravemente, puede haber un deseo de regresar. En este caso, la parte que se marcha del país intentará evitar el paso por los tribunales del país de residencia. Los familiares a menudo alimentan el miedo a la sustracción.
A menudo se da por hecho que la persona que se lleva al menor es un hombre musulmán, sin embargo, la experiencia ha demostrado que en la mayoría de los casos son las madres las que se marchan de vuelta a su país llevándose al menor después de una separación. Pero como siempre, recomendamos estudiar los casos particulares.
A veces encontramos que no hay razones directas que fundamenten este miedo. Sin embargo, no hay que dejar de lado estos pensamientos por completo. En una mediación se pueden aclarar estas preguntas o, por lo menos, pronunciarlas. Si tiene interés o preguntas no dude en contactarnos llamando al: 0049 0 30 74 78 78 79 o por email a: info@mikk-ev.de
Aquí puede encontrar más información sobre el Convenio de la Haya, así como la guía de buenas prácticas según el Convenio.
En esta página encontrará más información (en inglés y francés):